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Mostrando las entradas de agosto, 2009

Convención Sobre los Derechos del Niño

Convención Sobre los Derechos del Niño Versión adaptada no oficial Aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 Art. 1 Definición del niño La Convención se aplica a todas las personas menores de 18 años de edad. Art. 2 La no discriminación Todos los niños y niñas tienen todos los derechos recogidos en la Convención: no importa de dónde seas, ni tu sexo o color de piel, ni qué lengua hables, ni la situación económica de tu familia, ni tus creencias o las de tus padres, ni que padezcas alguna minusvalía. Art. 3 El interés superior del niño Cuando las autoridades, o las personas adultas, adopten decisiones que tengan que ver contigo deberán hacer aquello que sea mejor para tu desarrollo y bienestar. Art. 4 Aplicación de los derechos Los gobiernos (y las autoridades regionales y locales) deben hacer que se cumplan todos los derechos recogidos en la Convención. Deben ayudar a tu familia a garantizar tus derechos y también deben colaborar con otros países pa