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Mostrando las entradas de julio, 2010

El diario "La Mañana de Neuquén" no publica más avisos de prostitución

El diario “La Mañana de Neuquén” de un importante paso para prevenir y combatir el proxenetismo y la trata de personas Negro El Centro de Derechos humanos del Comahue (CeDHCo), por medio del Programa Nacional Red Anti-trata de Personas, Aplaude y celebra la iniciativa tomada por los directivos y periodistas del diario “La Mañana de Neuquén” en prohibir la publicación de comercio sexual en sus avisos publicitarios. Esta decisión inédita en la región patagónica es un paso importante en la prevención del delito de la trata de personas –además- de ir contra el proxenetismo, delito previsto en nuestro Código Penal –como así- incitar el promover la prostitución. Este paso garantiza los derechos humanos permitiendo “no ser partes” de la explotación de la prostitución ajena y la “esclavitud de seres humanos para la explotación sexual”, donde la ciudad de Neuquén y la provincia no son ajenas a estos delitos. Desde el 2007 a la fecha han ocurrido 9 casos de victimas de trata de personas para la

Decreto 1011/2010. Protección Integral a las Mujeres. Su reglamentación

Se aprueba la reglamentación de la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (Ley 26485)... LEY DE PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES Decreto 1011/2010 Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 26.485 que refiere a la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Bs. As., 19/7/2010 (BO 20/07/2010) VISTO el Expediente del Registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 28.730/10, la Ley Nº 26.485, y CONSIDERANDO: Que tanto la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979), como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará, 1994), aprobadas por el Estado Argentino por las Leyes Nros. 23.179 y 24.632, respectivamente,

LEY 26.485 VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Prevención, sanción y erradicación

LEY 26.485 VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Prevención, sanción y erradicación. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1º — Ambito de aplicación. Orden Público. Las disposiciones de la presente ley son de orden público y de aplicación en todo el territorio de la República, con excepción de las disposiciones de carácter procesal establecidas en el Capítulo II del Título III de la presente. ARTICULO 2º — Objeto. La presente ley tiene por objeto promover y garantizar: a) La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida; b) El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia; c) Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; d) El desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres; 1947) e) La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de g

Curso Virtual 2010 "Acerca de la Practica Pericial Psicológica"

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Inscripción abierta. Duración: dos meses Inicio: 23/07/10 El curso se desarrolla a través de una plataforma virtual a la que se accede desde Internet. Los alumnos poseen una clave personal de acceso que se les otorga una vez que se efectúa la inscripción. Se puede acceder a la plataforma desde www.comarcapsi.com/cursos donde deberán registrarse como usuario nuevo. Luego nosotros habilitamos para el curso. Hay que completar la ficha de inscripción que va al final del mensaje y reenviarla. Se debe remitir un mail con fecha y sucursal del depósito para habilitar el curso. Dirigido a: Psicólog@s, Médic@s, Psiquiatras, y estudiantes avanzad@s de las mismas. Objetivos: Capacitar profesionales para un adecuado desempeño en el campo pericial, teniendo en cuenta las dificultades del entrecruzamiento entre el ámbito jurídico, el psicológico y la utilización de material psicotécnico de reconocida validez y confiabilidad. No es suficiente el conocimiento y practica de la Psicología, y tampoco lo